Abogados Especialistas en Legítima

Nos encargaremos de que perciba su Legítima.

La legítima es una parte de la herencia que corresponde por ley a unos familiares determinados. Los abogados especialistas en herencias, le asesorarán en caso que deba cobrar la misma, valoraremos los bienes y calcularemos la cuantía que le corresponde.

En Abogados MABA somos especialistas en negociaciones entre herederos para el pago de las legítimas. Encontramos soluciones para permitir el cobro de la misma a través de los bienes de la herencia o la realización de los mismos.

Valoraremos y calcularemos la Legítima.

Para el correcto cálculo de la legítima es necesario realizar en primer lugar una valoración de los bienes, para ello en Abogados MABA colaboramos con Peritos expertos que obtienen el valor exacto de los bienes para poder realizar el posterior cálculo de la legítima.

En caso que desee calcular la legítima le asesoraremos sobre la misma, contacte con un abogado especialista en herencias de Abogados MABA el cual le estudiará su caso de forma personalizada.

Estudiaremos si tiene derecho a que su Legítima se incremente.

La Legítima puede verse incrementada en algunos supuestos, tales como las donaciones en vida u otros negocios jurídicos. Asimismo, también puede generar intereses en algunas ocasiones y existen diversos supuestos legales que pueden modificar la misma. En caso que desee conocer si tiene derecho a que su Legítima se incremente, consúltenos y un abogado especialista en herencias le asesorará sobre sus derechos.

Conozca el plazo para solicitar la legítima. Prescripción del plazo.

Existe un plazo de prescripción para reclamar la legítima, transcurrido el mismo nuestros derechos como legitimarios se extinguirán no siendo posible que cobremos la misma, el plazo depende de la legislación aplicable. Llámenos y nuestros abogados especialistas en herencias le asesorarán sobre los plazos y el procedimiento.

Legítima en cataluña

Legítima en derecho común, España

Conozca sus derechos como Legitimario, consúltenos y le asesoraremos personalmente

LA CUARTA VIUDAL

La cuarta viudal es un derecho reconocido en Cataluña al cónyuge o pareja de hecho viudo sobre la herencia. Es el derecho que tiene el mismo a reclamar para si una cuarta parte del activo hereditario líquido cuando existe un desequilibrio patrimonial, de forma que el mismo necesita de la herencia para mantener sus necesidades de forma que pueda mantener el nivel de vida previo.

En caso que necesite asesoramiento sobre la cuarta viudal, llame a Abogados MABA e infórmese y un abogado especialista en herencias le ayudará a resolver sus dudas.

Cuarta viudal

LA CUARTA FALCIDIA

Es el derecho que tiene el heredero en Cataluña a reducir los legados que no dejan libre una cuarta parte del activo hereditario líquido. De forma qué si existen numerosos legados, que impiden al heredero disponer de dicha parte de la herencia, el heredero salvo que el testador expresamente lo haya prohibido, podrá reducir los legados hasta obtener una cuarta parte del activo hereditario líquido.

En caso que sea heredero y existan legados en el testamento, llámenos y un abogado especialista en herencias le informará sobre las cuantías que debe abonar y sobre las cuantías a las que tiene derecho por imperativo legal.